Los ex-esposos sólo conservan excepcionalmente el derecho a reclamarse alimentos entre sí, restringido a una situación de necesidad art. 209 del Código Civil en los supuestos de divorcios decretados en los términos de los arts. 214, inc...
Transcribo al respecto una sentencia Los ex-esposos sólo conservan excepcionalmente el derecho a reclamarse alimentos entre sí, restringido a una situación de necesidad art...
Con el divorcio vincular se disuelve el vínculo y se recupera la aptitud nupcial. Se pierde el derecho hereditario y alimentario para el cónyuge pero no para los hijos del matrimonio...
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