SUMARIO N : 0021668 MFN:038134 DERECHO DE FAMILIA. Radicación de hijos en el exterior. Procedencia. 1- La directiva dada por el art...
OTROS CASOS Si existen cónyuge y ascendientes, recibe el cónyuge el 50% como socio de la sociedad conyugal y el otro 50%se divide en partes iguales entre los ascendientes, por ejemplo padres del fallecido , en derecho lo llamamos CAUSANTE y el cónyuge.