OTROS CASOS Si existen cónyuge y ascendientes, recibe el cónyuge el 50% como socio de la sociedad conyugal y el otro 50%se divide en partes iguales entre los ascendientes, por ejemplo padres del fallecido , en derecho lo llamamos CAUSANTE y el cónyuge.
Es muy común que pasado algún tiempo desde la perdida de algún ser querido surjan algunas preguntas que generalmente recibimos los abogados. No solo sobre el derecho que tiene cada uno según nuestro ordenamiento legal...